AFIP - Home
   
  Inicio
  Institucional
  Biblioteca electrónica
  Credencial Virtual
  Glosario Fiscal y Aduanero
  Reclamos y Sugerencias
   
   
  Reportenos su error de visualización  
Acceda con Clave Fiscal
CUIT / CUIL / CDI:
Obtenga su Clave Fiscal

  ¿Qué busco?
   
  Agenda de Vencimientos
  Centros de Servicios
  Constancia de Inscripción
  Descarga de Aplicativos
  Dependencias AFIP
  Formularios
  Guía de trámites básicos

ingrese una palabra clave:
Futuros Contribuyentes
Contribuyentes Régimen
General
Monotributistas
Aduana / Customs
Empleados / Empleadores
Guía de Servicios
 




La Dirección General de Aduanas es un órgano que integra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de los bienes que ingresan o egresan en el territorio aduanero.

Su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Además, la Aduana colabora en el resguardo de intereses del Estado, tales como la seguridad nacional, la economía, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o ilegales.

También fomenta la cultura del cumplimiento voluntario por parte de los usuarios.

Las estrategias principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y potenciación del comercio exterior y la verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del servicio, dentro del contexto de una nueva gestión pública.

Acceda a mayor información acerca de la Aduana































Bienes Culturales
Cuando los particulares quieran importar bienes culturales, deberán tener en cuenta que:
a) El trámite ante la Aduana se inicia en la División Registro mediante la presentación de la "Solicitud Particular" que, en caso de estar correctamente realizada será autorizará por la mencionada División.
b) Luego se procederá a la verificación de la mercadería
c) En caso de corresponder, se deberá realizar el pago de tributación aduanera y pago de almacenaje en TCA
d) Por último, la División Resguardo dará a la mercadería salida a plaza.

Cuando los particulares quieran exportar bienes culturales , deberán realizar un trámite muy similar al de importación, con la diferencia de que la intervención de la División Resguardo se referirá a la puesta a bordo de la mercadería.

[ arriba ]
 
 
  Importadores y exportadores:
Para importar un bien cultural, el importador debe:

a) Oficializar a través del Sistema Informático María la correspondiente destinación Aduanera.
b) Presentar el despacho en la División Verificación. Según el canal que corresponda, la mercadería podrá ser verificada
c) Pagar el almacenaje y retiro a plaza a través de la División Resguardo.

Exportadores:
Para exportar un bien cultural, el exportador debe:

a) Oficializar a través del Sistema Informático María la correspondiente destinación.
b) Ingresar la mercadería a la Bodega de Exportación y presentar el Permiso de Embarque en la División Resguardo.
c) Verificar la mercadería.
d) Pagar el almacenaje y puesta a bordo, con intervención de la División Resguardo.

Importante: En exportación corresponde realizar la presentación previa del Certificado extendido por la Dirección de Artes Visuales de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación. En caso de ser necesario solicitar intervención del Banco Ciudad en la tasación de las piezas a exportar.
Si se tratara de bienes arqueológicos, el certificado será emitido por el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, de acuerdo a lo previsto en la Ley 25743, Decreto 1022/04 y Resolución 2272/04 de la Secretaría de Cultura.

[ arriba ]
 
Bienes Prohibidos
Son considerados bienes prohibidos de transportar a través de las fronteras argentinas los que se detallan a continuación:

a) explosivos, inflamables y estupefacientes;

b) municiones, armas de fuego o sus partes, excepto si cuenten con autorización del Registro Nacional de Armas (RENAR), sin perjuicio de las propias regulaciones y restricciones internacionales de seguridad en la aeronavegación; c) repuestos de automotores y otros;

d) respecto de la introducción de productos alimenticios, se encuentra prohibido importar por este régimen las mercaderías de origen animal y vegetal que se encuentren sujetas a la intervención sanitaria (SENASA-INAL) y/o fitosanitaria (IASCAV);

e) mercadería prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o vegetal, protección al patrimonio artístico, histórico, arqueológico, paleontológico o científico o conservación de las especies animales o vegetales; salvo que cuente con una autorización expresa emitida por autoridad competente.
[ arriba ]



Tráfico Vecinal Fronterizo (TVF)
Tráfico Vecinal Fronterizo es el régimen que de acuerdo a compromisos internacionales asumidos permite el intercambio de mercancías destinadas al uso o consumo doméstico entre las poblaciones fronterizas, libre de formalidades y del pago de impuestos aduaneros.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Agentes de Transporte Aduanero (ATA) / Transportistas
Agente de Carga Internacional, también denominado "Transportista", es quien realiza y recibe los embarques; consolida y desconsolida la carga y, también, actúa como operador de transporte multimodal.
Además de auxiliares del comercio, son auxiliares del servicio aduanero. Pueden ser agentes de carga internacional las personas de existencia visible o ideal
Requisitos para personas de existencia visible:
Ser mayor de edad, tener capacidad para ejercer por sí mismo el comercio y estar inscripto como comerciante en el
  Registro Público de Comercio.
Haber aprobado estudios secundarios completos y acreditar conocimientos específicos en la materia en la forma
  que a tal fin se estableciera.
Acreditar domicilio real y constituir domicilio especial en el radio urbano de la aduana en la que hubiere de ejercer su actividad.
Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía, en seguridad del fiel
  cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determine la reglamentación.
No encontrarse alcanzados por alguno de los supuestos previstos en el artículo 58, de la Ley 22.415.
 
Requisitos para personas de existencia ideal:
 
Estar inscriptas en el Registro Público de Comercio y presentar sus contratos sociales.
Acreditar la dirección de la sede social y constituir domicilio especial en la jurisdicción que corresponda a la aduana
  donde ejercerá su actividad.
Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía, en seguridad del fiel
  cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determine la reglamentación.
Designar el/los apoderados generales que actuarán en su representación ante el servicio.
No encontrarse alcanzados por alguno de los supuestos previstos en el artículo 58, de la Ley 22.415.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Operador de contenedores
Las personas naturales o jurídicas que deseen actuar como operadores de contenedores, deberán obtener su ingreso ante la Aduana para incorporarse al sistema.
Cuando su solicitud es aceptada, se autoriza al operador para que actúe ante el Servicio y a su vez se le indica la cantidad de contenedores autorizados y la identificación y tipo de los contenedores.
 
[ arriba ]
 
 
 
Permisionarios de depósitos fiscales
Se considera depósito fiscal a los locales, instalaciones y plazoletas para el almacenamiento de mercaderías en general, los cuales son habilitados por la Aduana para la realización de operaciones aduaneras dentro de un predio determinado.
El/los permisionario/s son los únicos habilitados para la administración y explotación del lugar autorizado, pudiendo contratar los servicios necesarios a tal efecto
Cuando los permisionarios son personas de existencia ideal, el objeto social de las mismas deberá involucrar el desempeño de la actividad comercial de depositario cuando se trate de depósitos generales.
Las condiciones en las cuales son almacenadas las mercaderías en los depósitos habilitados deben ajustarse a lo establecido expresamente por la autoridad municipal o equivalente en la constancia de habilitación que extienda a tal efecto.
Depósitos Fiscales de Interior
   
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Permisionarios de Servicios Postales (PSP) / Courier
El Tráfico Postal Internacional y los Correos Rápidos operan bajo el régimen particular por el que se realiza la importación o exportación a consumo de los envíos o paquetes postales cuyo valor CIF o FOB no exceda el límite que se establece en el reglamento de la ley.
Transportados por cualquier clase de correo, incluidos los denominados correos rápidos, estos envíos se despacharán por la Aduana mediante formalidades simplificadas. Los envíos o paquetes que excedan el límite establecido, se sujetarán a las normas aduaneras generales.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Proveedores de a bordo
El proveedor de a bordo embarca la mercadería en el denominado puerto de embarque predeterminado. Debe afrontar el transporte de la mercadería hasta el puerto de embarque (origen), corriendo por su cuenta y orden los riesgos y gastos
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Tripulantes
El tripulante es un viajero que, a bordo de un buque o aeronave, realiza actividades directamente vinculadas con la dirección, administración, mantenimiento y los servicios de la misma.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Entidades certificadoras de origen
Una entidad certificadora de origen es una empresa u organismo acreditado por una entidad oficial para auditar y certificar según diversas normas (ISO 27000, ISO 9000, ISO 14000, etc.)
El organismo oficial competente acredita a las entidades certificadoras como aptas para certificar según diversas normas. Suele haber una entidad certificadora por país. Algunos ejemplos de entidades de acreditación son: OAA (Argentina), ENAC (España), UKAS (Reino Unido), EMA (México), etc.
 
Manual de Procedimientos para la Consulta de Entidades Certificantes (Versión 1.0)
 
[ arriba ]
 
 


Links útiles
Sitios web relacionados con el comercio exterior
 
Organismos públicos nacionales
Administración General del Puerto de Buenos Aires - www.puertobuenosaires.gov.ar
ANMAT - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica - www.anmat.gov.ar
Argentina TradeNet - www.argentinatradenet.gov.ar
Banco Central de la República Argentina - www.bcra.gov.ar
Banco de la Nación Argentina - www.bna.com.ar
Biblioteca del Congreso de la Nación - www.bcnbib.gov.ar
Comisión Nacional de Energía Atómica - www.cnea.edu.ar
Correo Argentino - www.correoargentino.com.ar
Dirección Nacional de Migraciones - www.migraciones.gov.ar
Instituto Argentino de Normalización y Certificación - www.iram.org.ar
Instituto Nacional de Estadística y Censos - www.indec.gov.ar
Instituto Nacional de Propiedad Industrial - www.inpi.gov.ar
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria - www.inta.gov.ar
Instituto Nacional de Tecnología Industrial - www.inti.gov.ar
Instituto Nacional de Vitivinicultura - www.inv.gov.ar
Ministerio de Economía - www.mecon.gov.ar
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología - www.me.gov.ar
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - www.jus.gov.ar
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto - www.mrecic.gov.ar
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario - www.oncca.gov.ar
Policía Federal Argentina - www.policiafederal.gov.ar
Registro Nacional de Armas - www.renar.gov.ar
Registros de la Propiedad
   
Secretaría de Industria, Comercio y PyME - www.indcompyme.gov.ar
SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - www.senasa.gov.ar
 
[ arriba ]
 
Entidades privadas
Asociación de Importadores y Exportadores de la República Argentina - A.I.E.R.A. - www.aiera.org.ar
Cámara Argentina de Comercio - www.cac.com.ar
Cámara de Exportadores de la República Argentina - www.cera.org.ar
Cámara de Importadores de la República Argentina - www.cira.org.ar
Centro de Despachantes de Aduana - www.cda-argentina.org.ar
Fundación Export.ar - www.exportar.org.ar
Terminal de Cargas Argentina - www.edcadassa.com.ar
Unión Industrial Argentina - www.uia.org.ar
Casas de estudio relacionadas con Comercio Exterior
   
Universidades
   
 
 
 
Organismos internacionales
Área de Libre Comercio de las Américas - www.ftaa-alca.org
Asociación Latinoamericana de Integración - www.aladi.org
Banco Interamericano de Desarrollo - www.iadb.org
Banco Mundial - www.bancomundial.org
Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - www.ciat.org
Fondo Monetario Internacional - www.imf.org
Mercosur - www.mercosur.org.uy
Naciones Unidas - www.un.org
Organización Mundial de Aduanas - www.wcoomd.org
Organización Mundial del Comercio - www.wto.org
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Compras por internet
Cuando Usted realiza por Internet la compra de un producto que se le deberá enviar desde el exterior, el servicio postal involucrado en el envío debe ajustarse a determinadas normas y procedimientos que regulan la actividad en nuestro país.
Esta intervención del servicio postal puede generar costos extras para el comprador, más allá de los que legalmente correspondan por Aduana o derechos de importación y/o exportación de la mercancía adquirida
A continuación, le brindamos información que necesitará tener en cuenta al momento de realizar compras por Internet a negocios emplazados en el exterior.
 
Valores máximos permitidos para los envíos
Según la clase de correo que realice la entrega y la modalidad del servicio en que ésta se haga, los valores máximos permitidos para cada envío varían:
 
a) Si el envío ingresa mediante Prestadores de Servicios Postales Courier, el valor FOB de la mercadería no debe superar los U$S 1000.
b) Si el envío ingresa mediante Correo Oficial de Administración Estatal, no debe superar el valor de U$S 999.
c) Si el envío ingresa mediante Correo Oficial de Administración Estatal, mediante el servicio EMS Puerta a Puerta, el valor no debe superar los U$S 3000.
 
Exclusiones:
Están excluidas de estos sistemas de envío las siguientes mercaderías:
 
d) Mercaderías sujetas a identificación aduanera (Estampilla fiscal).
e) Mercaderías sujetas a la aplicación de prohibiciones o de intervenciones de otros Organismos en este último caso.
f) Mercaderías sujetas a la presentación de Certificado de Origen
g) Mercaderías beneficiadas con regímenes especiales en materia tributaria.
h) Envíos con fines comerciales.
 
Si el envío no se encuentra alcanzado por las exigencias citadas en los puntos d) a g) y el valor es el señalado en a), la Dirección General de Aduanas procederá al cobro de tributos por el régimen general de importación, sobre el valor en aduana de las mercaderías. Por otros gastos (no aduaneros) se deberá consultar al Prestador de Servicios Postales Courier. (RG 2436 ANA)
Si el envío no se encuentra alcanzado por las exigencias citadas en los puntos d) a h) y el valor es el señalado en b), la Dirección General de Aduanas procederá al cobro del tributo único del 50% sobre el valor en aduana de las mercaderías. Por otros gastos (no aduaneros) se deberá consultar a la Oficina del Correo. (RG 2048 ANA)
Si el envío no se encuentra alcanzado por las exigencias citadas en los puntos d) a h) y el valor es el señalado en c) la Dirección General de Aduanas procederá al cobro del tributo único del 50% sobre el valor en aduana de las mercaderías. Por otros gastos (no aduaneros) se deberá consultar a la Oficina del Correo. (RG 2048 ANA)
 
Si el envío encuadra en los puntos d) a h), no puede ingresar sin realizar despacho de importación con los requisitos que corresponden a una importación por régimen general.
Facturación:
Para cobrar sus servicios, los Prestadores de Servicios Postales/PSP (Courier) deben emitir las facturas o documentos equivalentes correspondientes a las operaciones que realicen durante el desarrollo de su actividad. Para ello, y además de estar inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la Dirección General de Aduanas, deben observar los requisitos establecidos por la AFIP. (RG 1415/2003)
En las facturas (o documentos equivalentes) que emitan, los Prestadores de Servicios Postales/PSP (Courier) deben discriminar los conceptos e importes que las integran, a fin de determinar la correcta asignación de los mismos a los fines tributarios aduaneros y del sistema tributario interno, conforme se indica a continuación:
 
a). Valor FOB de los bienes transportados.
b). Gastos de servicios y transporte hasta el lugar de introducción al país.
c). Seguros.
d). Derechos de Importación, Tasa de Estadística y demás tributos abonados.
e). Flete internacional hasta el lugar de introducción en el país.
f). Flete interno y/o servicios desde el lugar de introducción al país hasta el de destino.
 
Los conceptos e importes enumerados deberán detallarse separadamente según hayan sido pagados en el país o en el exterior.
 
Obtenga más información sobre este tema en el Manual de Compras por Internet
 
[ arriba ]
 
 



Certificado de Ventajas Impositivas

Procedimientos para la autorización del trámite del libramiento a plaza de destinaciones definitivas de importación para consumo, tramitadas mediante declaraciones detalladas (SIM) y afectaciones sumarias particulares SIM (PART), en las que se invoquen ventajas impositivas que requieran la tramitación de su correspondiente certificado.


Deberá tramitarse un único certificado de ventajas impositivas por cada declaración detallada (SIM) o afectación sumaria particular SIM (PART).
Los formularios 7366 y 7366/A que se aprueben para destinaciones aduaneras documentales mediante declaraciones detalladas o afectaciones sumarias particulares podrán ser aplicados a las mismas hasta el 31 de mayo de 2008, inclusive.
Se establece el procedimiento para la obtención del certificado de ventajas impositivas vía Internet (ingresando en el sistema Clave Fiscal al servicio Certificado de Ventajas Impositivas). Este procedimiento se encuentra detallado en el Anexo I de la Resolución General 2440/08
En el Anexo II de la Resolución General 2440/08 se detalla el procedimiento para el libramiento a plaza de mercaderías importadas para consumo que involucran certificados de ventajas impositivas.
Hasta tanto se encuentren disponibles los desarrollos informáticos requeridos por el Sistema Informático MARIA (SIM), se deberán observar las disposiciones transitorias que se detallan en el Anexo III de la Resolución General 2440/08.


Estas disposiciones surtirán efecto respecto de los certificados de ventajas impositivas que se apliquen a destinaciones aduaneras a partir del 1 de junio de 2008, inclusive. A partir de esta última fecha se deja sin efecto el procedimiento establecido mediante la Resolución General N° 660.

Acceda al instructivo del Servicio Certificado de Ventajas Impositivas

Situaciones que requieren la tramitación del Certificado de Ventajas Impositivas



[ arriba ]







Remates o Subastas de la Aduana


IMPORTANTE

Ante la aparición de personas que ofrecen mercaderías a la venta en nombre de la Aduana, la AFIP le recuerda cual es la única modalidad con la que el Organismo realiza remates y/o subastas:

La ley establece que algunas mercaderías que quedan bajo la custodia de la Aduana deben ser comercializadas en remates o subastas.

Para ello, la Aduana contrata los servicios de Entidades Bancarias autorizadas; nunca lo hace por su cuenta.

Las Entidades Bancarias publican un catálogo con el detalle de las mercaderías que integran los lotes a subastar y las condiciones generales de cada operación.

La Aduana tampoco realiza ventas directas a personas, comercios, empresas ni instituciones; todas las mercaderías se comercializan por medio de las subastas públicas que efectúan los bancos contratados.

Ante cualquier duda, comuníquese con el Centro de Información Telefónica de la AFIP:
0810-999-2347 (AFIP)


Si desea consultar las fechas y lugares de las subastas vigentes o próximas a realizar, podrá comunicarse a los siguientes teléfonos:

Sección Rezagos y Secuestros - Aeropuerto Internacional de Ezeiza
011-4480-9409
División Rezago y Comercialización Aduana Buenos Aires
Subastas a realizar en la Ciudad de Buenos Aires
011-4338-6613 / 14 / 15
Dirección Regional Aduanera Rosario
Subastas a realizar en las Provincias de: Santa Fe y Entre
Ríos 0341-437-2364
Dirección Regional Aduanera Posadas
Subastas a realizar en las Provincias de: Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa
03752-421-265
Dirección Regional Aduanera Córdoba
Subastas a realizar en las Provincias de: Córdoba, La Rioja, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, Jujuy y Salta
0351-427-0956 / 57
Dirección Regional Aduanera Mendoza
Subastas a realizar en las Provincias de: Mendoza, San Juan, San Luis, Neuquén, Río Negro y Chubut
0261-4239-742 / 722
Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia
Subastas a realizar en las Provincias de: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego
0297-446 -1413 (int. 2748)






      Contacto